ACTUALIDAD. La UE aprueba el Reglamento de las criptomonedas (MiCA)

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Andre M. Chang (Europa Press)

El 5 de octubre de 2022, el Consejo Europeo aprobó la versión final de la Propuesta de Reglamento sobre Mercados de Criptoactivos

> La aprobación del Reglamento MiCA por parte del Consejo Europeo es un avance significativo para la industria de los criptoactivos a nivel europeo y mundial.

> El Parlamento Europeo todavía tiene que aprobar el Reglamento MiCA; la votación está programada para el 10 de octubre de 2022. 

> Las entidades que participen en actividades de criptoactivos tendrán hasta 18 meses para cumplir con esta regulación, que se espera que sea aplicable a fines de 2024.

15 octubre 2022.- La versión del Reglamento MiCA aprobada por el Consejo Europeo incluye medidas legislativas desarrollos para entidades que brindan servicios relacionados con criptoactivos en la Unión Europea. Este la legislación debe ser analizada en conjunto con el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y ciertos criptoactivos.

Son de destacar los siguientes aspectos:

- Requisitos más estrictos

La legislación establece requisitos más estrictos para las entidades que ofrecen al público tokens referenciados a activos y los admiten a negociación, y los emisores de tokens de dinero electrónico, incluyendo condiciones adicionales relacionadas con el contenido del libro blanco. Esto incluye considerar todos los tokens con referencia a activos y los tokens electrónicos en moneda extranjera como un medios de pago cuando se utilizan para liquidar transacciones que involucran otros criptoactivos.

- Régimen de password – autorización para operar

Para poder operar en el mercado europeo bajo un régimen de pasaporte, las entidades cubiertas por la Regulación MiCA solo necesitan obtener autorización para operar de la autoridad competente de el Estado miembro donde tienen su sede.

- Exclusiones del ámbito de aplicación

Tokens no fungibles ("NFT") que son finanzas descentralizadas (DeFi) materialmente intangibles y se confirma que los préstamos están fuera del ámbito de aplicación del Reglamento MiCA.

- Próximos pasos y entrada en vigor

El 10 de octubre de 2022, el Consejo Europeo ha votado la versión aprobada por el Parlamento Europeo. Se espera que entre la versión oficial del Reglamento MiCA en vigor a principios de 2023.

Con 28 votos a favor y solo uno en contra, el reglamento queda listo para las verificaciones de los abogados y lingüistas, tras lo que pasará a votarse en el pleno del Parlamento Europeo. Si pasa este proceso, será publicada en el Boletín Oficial de la Unión Europea, tras lo que, aunque entrará en vigor a los 20 días, se establece un periodo de adaptación de 18 meses para las empresas, por lo que su aplicación real no se espera hasta el año 2024.

Más allá de los exchanges de criptomonedas 

La ley MiCA establece que debe haber un registro de todos los negocios de exchanges de criptomonedas, es decir, proveedores de servicios de cambios de moneda virtual por moneda fiduciaria. Algo que ya era obligatorio en España desde octubre de 2021, cuando se habilitó este registro en el Banco de España.

La diferencia está en que actualmente solo existe un registro, pero con la ley MiCA se pasará de un simple registro a una solicitud de licencia o autorización administrativa. Así, todos los proveedores de este tipo de servicios deberán estar autorizados para operar en la Unión Europea.

Es precisamente para las solicitudes de las licencias y su aprobación o denegación para lo que, según explica Ramos, será necesario un periodo de adaptación en la ley, pues no es un proceso corto. Las empresas como Bit2Me tendrán que solicitar una autorización administrativa y demostrar que se cumplen algunos requisitos relacionados con el buen funcionamiento de la empresa en aspectos relacionados con la ciberseguridad, prevención de blanqueo de capitales, etc. 

Pero este reglamento no habla solo de los exchanges, sino que incluye en su ámbito de aplicación una variedad de servicios relacionados con los criptoactivos, como la emisión de criptoactivos, custodia y administración de criptoactivos por cuenta de terceros, explotación de una plataforma de negociación de criptoactivos, canje de criptoactivos por moneda fiat de curso legal, y el asesoramiento sobre ellos, entre otros aspectos. 

Sobre este último, por ejemplo, hay un artículo completo, el 73, que establece, entre otras cosas que los autorizados a prestar asesoramiento «garantizarán que las personas físicas que faciliten información o presten un servicio sobre criptoactivos en su nombre posean los conocimientos y la experiencia necesarios para cumplir sus obligaciones». 

Esta última versión del reglamento deja fuera de su ámbito de aplicación a los tokens únicos no fungibles o NFT y a los productos DeFI. No obstante, respecto a los primeros, la Comisión Europea está llevando a cabo una evaluación sobre si se considera necesaria la creación de una propuesta legislativa específica para ellos.

Honestidad e imparcialidad

Otro punto importante de la ley MiCA, es que recoge normas de conducta y responsabilidades frente a los consumidores de los proveedores de servicios de criptoactivos. Así, el artículo 23 establece que los proveedores de estos servicios «actuarán con honestidad, imparcialidad y profesionalidad y se comunicarán con los titulares de las fichas referenciadas a activos de manera imparcial, clara y no engañosa. En este sentido, también hace mención a los contenidos publicitarios, aspecto que también regula. 

Y en relación a la protección de los clientes, también establece que «los emisores de fichas referenciadas a activos deben establecer un procedimiento claro para la tramitación de las reclamaciones que reciban de parte de los titulares de los criptoactivos. 

En cuanto a este aspecto de la ley, un punto relevante es la contratación de seguros por parte de las empresas, algo que en la actualidad es muy difícil de encontrar porque las compañías de seguros no suelen estar preparadas para ofrecer este tipo de servicios a los exchanges. 

Esta protección frente a robo o pérdida para los consumidores "mejorará la confianza en el sector y hará que más gente utilice las criptomonedas en el futuro". 

El medioambiente y el blanqueo de capitales, dos grandes preocupaciones

Dos de los principales temas que se mencionan cuando se habla de los riesgos del mercado de las criptomonedas son su impacto negativo en el medioambiente y la mayor facilidad para el blanqueo de capitales debido al anonimato que posibilitan muchas plataformas y a la falta de regulación. 

En cuanto al primer punto, si bien MiCA establece la obligación para los proveedores de servicios de criptoactivos de declarar información sobre su huella ambiental y climática, a lo largo de todo el texto delega en ESMA (la Autoridad Europea de Mercados y Valores) y en EBA (Autoridad Bancaria Europea) la elaboración de proyectos de normas técnicas reglamentarias para especificar más el contenido, las metodologías y presentación de la información que deberán proporcionar en relación con los indicadores de sostenibilidad.

En cuanto al riesgo de blanqueo de capitales, se ha elaborado una propuesta de reglamento respecto a la información que acompaña a las transferencias de fondos y determinados criptoactivos. Su objetivo es imponer a los proveedores de servicios de criptoactivos la obligación de recopilar información completa sobre el remitente y el beneficiario de las transferencias que se realicen a través de sus servicios y de dar acceso a dicha información.

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