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11 noviembre 2025.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido hoy una sentencia crucial sobre la Directiva (UE) 2022/2041 relativa a unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea, fallando a favor del recurso interpuesto por Dinamarca (apoyado por Suecia) y anulando dos disposiciones fundamentales de la norma.
El TJUE ha confirmado la validez de la mayor parte de la Directiva, especialmente aquellas medidas dirigidas a fomentar la negociación colectiva para la fijación de salarios. No obstante, ha declarado que dos elementos específicos exceden las competencias de la Unión Europea en materia de condiciones de trabajo, al ser considerados una injerencia directa en la determinación de las remuneraciones, un ámbito que los Tratados reservan a la competencia exclusiva de los Estados miembros.
Disposiciones anuladas por el Tribunal
Las disposiciones declaradas nulas son:
Los criterios específicos y obligatorios que los Estados miembros con salario mínimo legal debían seguir para fijar y actualizar dicho salario.
La norma que impedía disminuir el salario mínimo legal cuando este está sujeto a un mecanismo de indexación automática.
Implicaciones salariales y laborales para los trabajadores de la UE
Esta sentencia tiene un impacto significativo, aunque matizado, en el panorama salarial y laboral de la UE:
1. Mantenimiento del "núcleo duro" de la Directiva
El aspecto más positivo para los trabajadores es que el "corazón" de la Directiva se mantiene intacto. El Tribunal ha avalado:
Promoción de la Negociación Colectiva: Sigue vigente la exigencia a los Estados miembros de tomar medidas para aumentar la cobertura de la negociación colectiva, incluyendo la presentación de planes de acción. Esta es una herramienta fundamental para lograr salarios más altos y justos, ya que en los países con alta cobertura de convenios, los salarios suelen ser más elevados.
2. Mayor flexibilidad y autonomía nacional
La anulación de los criterios obligatorios significa que los Gobiernos nacionales recuperan la plena autonomía para decidir los parámetros concretos con los que fijarán y actualizarán sus salarios mínimos legales.
Términos Salariales: En la práctica, esto elimina un marco de referencia vinculante a nivel de la UE para el cálculo de los salarios mínimos. Cada país seguirá decidiendo su método, aunque deberán mantener el objetivo general de adecuar los salarios mínimos, como exige la Directiva en las partes que siguen vigentes.
Indexación: La anulación de la cláusula de no disminución en la indexación devuelve a los Estados con este mecanismo (ajuste automático de salarios por inflación, por ejemplo) la potestad de decidir sobre posibles ajustes, aunque se espera que los países sigan velando por la protección del poder adquisitivo.
3. Posible brecha entre salarios
Al eliminarse los criterios comunes y obligatorios de adecuación, existe el riesgo de que la convergencia de los salarios mínimos en la UE se haga más lenta o desigual. La capacidad para fijar salarios mínimos "adecuados" dependerá ahora en mayor medida de la voluntad política y la dinámica económica interna de cada Estado miembro, y del éxito en la aplicación de las medidas de fomento de la negociación colectiva.
Próximos Pasos
El Ministerio de Trabajo y Economía Social de España, al igual que otros Estados, ha valorado positivamente la sentencia al considerar que no cuestiona los efectos fundamentales de la norma. Se espera que la Comisión Europea emita una recomendación inmediata a los Estados para apoyar la aplicación de las partes vigentes de la Directiva, en particular las relativas al fortalecimiento de la negociación colectiva.

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