Programa de Asistencia Material Básica en la Comunidad de Madrid

Asistencia Material Básica, Comunidad de Madrid, ayudas sociales

 

09 abril 2026.- Este Programa pretende hacer frente a situaciones de privación material de familias con menores, mediante la entrega de tarjetas para la compra de productos básicos de alimentación y de higiene, además de establecer medidas de acompañamiento que apoyen la inclusión social.

PROGRAMA DE ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA EN LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL PERÍODO 2026-2028, COFINANCIADO AL 90 POR 100 POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) 2021-2027


Nota de prensa — Servicios Sociales · Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid activa las tarjetas monedero del Programa BÁSICO para familias con menores en situación de vulnerabilidad

El programa, cofinanciado al 90 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021‑2027, proporciona ayuda directa para la compra de alimentos e higiene básica, más un plan personalizado de acompañamiento social hacia la inclusión.

Madrid, abril de 2026 — Período de vigencia del programa: 2025–2028

El Programa de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO) está en marcha en toda la Comunidad de Madrid durante el período 2025–2028. La Dirección General de Servicios Sociales e Integración gestiona una tarjeta monedero recargable con la que las familias con menores a cargo pueden adquirir alimentos y productos de higiene de primera necesidad en establecimientos autorizados.

Qué es el Programa BÁSICO

El Programa BÁSICO forma parte del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021–2027 y fue aprobado por la Comisión Europea el 9 de diciembre de 2022, con una dotación de 565 millones de euros para el conjunto de España. La Comunidad de Madrid actúa como organismo intermedio designado y ejecuta el programa a través de sus servicios de atención social primaria.

Su objetivo es combatir la privación material de las familias más desfavorecidas evitando la estigmatización: la ayuda llega a través de una tarjeta monedero personal e intransferible, aceptada en supermercados y establecimientos de alimentación con CNAE correspondiente, de forma análoga a cualquier tarjeta bancaria.

«El FSE+ ofrece la posibilidad de reforzar el derecho a la cobertura de alimentos o prestación de asistencia material básica, de todas las personas que lo necesiten, con garantía pública, a través de sistemas normalizados que respeten la dignidad y eviten la estigmatización de las personas.» — Resolución 2083/2025, de 22 de abril, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración — BOCM n.º 107, 6 de mayo de 2025

Requisitos para ser beneficiario

Para poder acceder al Programa BÁSICO, la unidad familiar debe reunir los tres requisitos siguientes de forma simultánea:

Requisito 1
Menores a cargo

La unidad familiar debe incluir al menos un menor de edad. La persona solicitante ha de tener 18 años o más (o ser menor emancipado).

Requisito 2
Límite de renta

Los ingresos del hogar por unidad de consumo deben ser inferiores al 48 % de la renta mediana nacional (umbral ampliado por la Comunidad de Madrid desde el 40 % estatal para incluir a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital).

Requisito 3
Empadronamiento en Madrid

Todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en algún municipio de la Comunidad de Madrid. En un mismo domicilio pueden convivir varias unidades familiares.

La ayuda es compatible con cualquier otra prestación o ingreso percibido por las administraciones públicas, incluido el Ingreso Mínimo Vital. Tiene una validez de doce meses, y la recarga de la tarjeta se realiza automáticamente de forma periódica.

Cuántías de la ayuda

El importe mensual cargado en la tarjeta depende del número de miembros de la unidad familiar. Los menores de edad computan como 1,5 personas a efectos del cálculo, lo que favorece a las familias con hijos. La tabla siguiente recoge las cuantías orientativas establecidas en el programa:

Tamaño de la unidad familiar Ayuda mensual aproximada Nota
1 miembro Tramo mínimo Cuantía determinada por el n.º de miembros y la renta per cápita
2 miembros Tramo medio-bajo Las cuantías exactas se fijan anualmente en la resolución de la DGSSI. El saldo acumulado no caduca dentro del período de vigencia de 12 meses.
3 miembros Tramo medio
4 miembros Tramo medio-alto
5 miembros Tramo alto
6 o más miembros Tramo máximo

A título orientativo, el Ayuntamiento de Madrid, que gestiona su propia Tarjeta Familias complementaria al Programa BÁSICO, establece en 2025 cuantías de entre 146 y 735 euros mensuales según el tamaño del núcleo familiar y los ingresos. La Dirección General de Servicios Sociales e Integración publica los importes vigentes del Programa BÁSICO en su sede web oficial.

Qué se puede comprar con la tarjeta

Productos elegibles

Alimentos de primera necesidad (frutas, verduras, legumbres, carnes, pescados, lácteos, conservas, legumbres precocidas...) — Artículos de higiene personal: jabón, champú, pasta de dientes — Productos de higiene femenina — Pañales infantiles. Los establecimientos designados disponen de un sistema en caja que separa automáticamente los artículos no elegibles.

Productos excluidos

Bebidas azucaradas o con gas, bebidas alcohólicas, bollería industrial, chucherías, agua embotellada (salvo imposibilidad de acceso al agua potable), productos dietéticos y productos elaborados (excepto legumbres precocidas y conservas).

Cómo se tramita: paso a paso

El acceso al Programa BÁSICO debe ser prescrito por los servicios sociales de atención social primaria del municipio de residencia. No existe una solicitud directa de la ciudadanía ante la Comunidad de Madrid: el itinerario comienza en el ayuntamiento o entidad local.

  1. 1
    Contactar con los Servicios Sociales municipales. La familia interesada debe solicitar cita previa en el Centro de Servicios Sociales de Atención Social Primaria de su municipio o distrito. No es necesario presentar solicitud formal previa.
  2. 2
    Valoración por trabajador o trabajadora social. Un profesional de servicios sociales realiza un diagnóstico de la situación familiar, verifica el cumplimiento de los tres requisitos de acceso y valora la idoneidad de participar en el programa.
  3. 3
    Documentación requerida. DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar — Libro de familia o documentación acreditativa de los menores a cargo — Documentos que acrediten la situación económica (certificados de ingresos, IRPF, prestaciones) — Autorización para la consulta de datos tributarios ante la AEAT.
  4. 4
    Derivación a la Comunidad de Madrid. Si la valoración es favorable, la entidad local deriva el expediente a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración a través del sistema informático SOCYAL / AMBA.
  5. 5
    Activación de la tarjeta monedero. La familia recibe la tarjeta (en formato físico o digital, compatible con móvil), que se recarga automáticamente cada mes. El saldo puede acumularse durante los doce meses de vigencia.
  6. 6
    Plan de acompañamiento social. Junto con la tarjeta, la familia recibe un plan personalizado de inclusión que puede incluir orientación laboral, capacitación para la administración doméstica, hábitos de vida saludable y otros itinerarios de intervención social, en función de sus necesidades.

Información y contacto

Para consultar si su municipio participa en el programa, conocer el Centro de Servicios Sociales de referencia o ampliar información sobre los importes vigentes, la Comunidad de Madrid ofrece los siguientes canales:

Web oficial: www.comunidad.madrid › Servicios Sociales › Programa de Asistencia Material Básica
Teléfono de información general: 012 (lunes a viernes, horario de oficina)
Ayuntamiento de Madrid — Tarjeta Familias: Centros de Servicios Sociales de cada distrito o sede electrónica del Ayuntamiento.

Financiación del programa: El Programa de Asistencia Material Básica está cofinanciado al 90 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021–2027, en el marco del Objetivo Político d) «Una Europa más social e inclusiva». El 10 % restante es aportado por la Administración de la Comunidad de Madrid. La asignación total de fondos FSE+ a la Comunidad de Madrid en el período 2021–2027 asciende a 409 millones de euros. Marco normativo de referencia: Resolución 2083/2025, de 22 de abril, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración (BOCM n.º 107, de 6 de mayo de 2025) — Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
Fuentes: Comunidad de Madrid — Dirección General de Servicios Sociales e Integración (comunidad.madrid); BOCM n.º 107, 6 de mayo de 2025 (Resolución 2083/2025); Ayuntamiento de Madrid — Tarjeta Familias (madrid.es); Instituto Nacional de Estadística (renta mediana nacional). Esta nota de prensa tiene carácter divulgativo y no sustituye a la normativa oficial publicada en el BOCM.
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