EMPLEO. El Congreso aprueba la Ley de Empleo: cómo funcionará el nuevo SEPE en 2023

  El Gobierno prorroga a 2023 el SMI de 2022 a la espera de alcanzar un acuerdo ¿Me pueden quitar el paro por rechazar un empleo? El SEPE lo...

 


El Gobierno prorroga a 2023 el SMI de 2022 a la espera de alcanzar un acuerdo ¿Me pueden quitar el paro por rechazar un empleo? El SEPE lo aclara

09 enero 2023.- El actual Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se transformará en la Agencia Española de Empleo, un organismo público gestionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. Así lo dictamina la nueva Ley de Empleo aprobada hace unos días el Congreso de los Diputados y que tiene como objetivo ofrecer una atención individualizada al ciudadano y ampliar los colectivos de atención prioritaria. Esta, además, introducirá algunas novedades, como un mayor control de los ERE a través de la Inspección de Trabajo.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ya anunció que el nuevo SEPE empezará a funcionar en un plazo de seis meses. Aunque este es el principal mecanismo que pone en marcha la recién aprobada Ley de Empleo, esta ofrecerá, asimismo, la posibilidad de recibir un acompañamiento individualizado, tanto de forma presencial como telemática. A través de una Cartera Común de Servicios, un tutor elaborará un perfil de la persona, con un expediente laboral único, atención continuada e itinerario personalizado. Los usuarios también podrán contar con asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.

No obstante, lo cierto es que la nueva norma aún podría sufrir cambios, puesto que el Proyecto de Ley del Gobierno pasa ahora a tramitarse en el Senado. En la Cámara Alta podrían incorporarse enmiendas que busquen dar respuesta a las demandas de los empresarios, en contra de que aumente el control sobre las causas de los despidos colectivos (ERE). De ser así, el texto volvería al Congreso para que se apruebe definitivamente.

Cómo será el nuevo SEPE: la Agencia Española de Empleo 

Una de las claves de la nueva Ley es la creación de la Agencia Española de Empleo, con la que se pretende dar un nuevo enfoque a los servicios públicos de empleo y a las políticas activas, tal y como explicó la vicepresidenta Yolanda Díaz en el Congreso. Así, este organismo público cambiará su foco de actuación y no solo se dirigirá a los demandantes de empleo, sino también a los trabajadores en activo que deseen mejorar su posición y favorecer su vida laboral. Para ello, las empresas usuarias de los servicios públicos tendrán la obligación de comunicar sus ofertas disponibles.

Dado que el nuevo SEPE se regirá por los principios de no discriminación en el acceso y consolidación del empleo, transparencia y eficiencia en el diseño y ejecución, se incluirán más colectivos de atención prioritaria. Bajo esta categoría se englobará a las personas con capacidad intelectual límite, personas con trastornos del espectro autista, personas LGTBI, víctimas de la violencia de género, personas en exclusión social, personas mayores de 45 años, personas migrantes, personas beneficiarias y solicitantes de protección internacional, mujeres víctimas de violencia de género, personas gitanas o pertenecientes a otras minorías étnicas, y trabajadores provenientes de sectores en reestructuración.

El Ministerio de Trabajo aspira a facilitar la integración en el mercado laboral de los desempleados, por lo que la norma hará más individualizada su atención. El SEPE pondrá a disposición de estas personas un catálogo de servicios garantizados, con un itinerario y tutorización personalizada y continuada, y formación para el empleo.

Más vigilancia de las causas de los ERE

Como suele ocurrir con los cambios legislativos, la nueva norma ha venido acompañada de polémica. La patronal ha manifestado su descontento con el Ministerio de Trabajo ante la enmienda que el Gobierno de España acordó con EH Bildu: la Ley de Empleo incluye un mayor control previo de los despidos colectivos (ERE) a través de la Inspección de Trabajo.

Para mejorar la empleabilidad, y aunque no se recupera la autorización administrativa previa, la modificación amplía las competencias de la Inspección, que deberá ocuparse de vigilar las causas de los ERE. De esta forma, tendrá que manifestarse sobre el desarrollo del periodo de consultas y emitir un informe en el que analice si la empresa justifica la aplicación del despido colectivo de forma correcta. De no ser así, este organismo público no podrá echar abajo el ERE, pero su dictamen puede ser impugnado en los tribunales.

Hasta el momento, la Inspección de Trabajo ha podido realizar estas comprobaciones que, con el cambio legal, pasan a convertirse en un mandato más en los procedimientos de ERE. Se garantiza así que se estudiarán en profundidad los despidos colectivos que incumplen la legislación laboral.

Blindar el Salario Mínimo Interprofesional inembargable

Una de las 46 enmiendas de los grupos parlamentarios que se incorporó en la Comisión de Trabajo fue la disposición final que modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por la cual se blinda el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) inembargable en todas sus cuantías, tanto en términos mensuales como anuales.

Esta modificación que impide el embargo de la cuantía equivalente al SMI, se aplica a cualquiera que sea la forma de su cómputo, la naturaleza de la retribución o el periodo de devengo, al atender las necesidades mínimas.

A su vez, el Gobierno de España pactó con ERC elaborar un plan bienal para fomentar el empleo digno, que elaborará el Ministerio de Trabajo en base a las previsiones de las Comunidades Autónomas y la Agencia Estatal de Empleo, y consultará con la patronal y los sindicatos. Este estará financiado con los Presupuestos Generales del Estado.

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