La Comunidad de Madrid recurre ante el Tribunal Supremo el decreto de regularización extraordinaria de migrantes, pero el proceso sigue adelante

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Isabel Díaz Ayuso durante la conferencia de prensa celebrada hoy en Bruselas. Comunidad de Madrid

17 abril 2026.- La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, confirmó hoy desde Bruselas, en un encuentro con directivos de empresas españolas, que su gobierno ha presentado ese mismo día un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de Extranjería y establece los requisitos y plazos para la regularización extraordinaria de personas en situación irregular. La Comunidad de Madrid solicitará además medidas cautelares para intentar suspender la tramitación mientras el alto tribunal resuelve.

Qué establece el decreto impugnado

El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto para iniciar el proceso de regularización administrativa extraordinaria dirigido a personas en situación administrativa irregular y solicitantes de protección internacional que se encuentren en España desde antes del 1 de enero de 2026, siempre que hayan permanecido de forma ininterrumpida al menos cinco meses y carezcan de antecedentes penales. El plazo de solicitud se abrió el 16 de abril, con tramitación telemática y cita previa para la vía presencial, y estará abierto hasta el 30 de junio. Las autorizaciones concedidas tendrán vigencia inicial de un año, prorrogable mediante las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería.

El recurso no paraliza de momento la tramitación

Este es el punto jurídico central que los comunicados políticos omiten sistemáticamente: la interposición de un recurso contencioso-administrativo no suspende por sí sola la vigencia de la norma recurrida. Para lograr la suspensión sería necesario que el Tribunal Supremo acordara expresamente una medida cautelar, decisión que corresponde exclusivamente al tribunal y que no es automática.

El Tribunal Supremo ya rechazó la suspensión cautelarísima solicitada por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, al no apreciar motivos para paralizar la medida sin escuchar previamente a las partes. Los magistrados acordaron tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario, dando un plazo de alegaciones de 10 días al Gobierno a través de la Abogacía del Estado. El TS admitió también a trámite el recurso de Hazte Oír y requirió al Ministerio de Presidencia el expediente administrativo en un plazo improrrogable de 20 días. 

En consecuencia, mientras el Supremo no dicte auto de suspensión cautelar, las solicitudes de regularización continúan tramitándose con plena normalidad.

Los argumentos de Madrid y su solidez jurídica

El consejero de Presidencia y portavoz del Ejecutivo madrileño, Miguel Ángel García Martín, argumentó que el decreto «afecta gravemente» a la prestación de los servicios públicos regionales y que la Comunidad desconoce a cuántas personas puede afectar, calificándolo de «caos en la política migratoria».  El argumento de mayor peso técnico es el del rango normativo: la CM sostiene que la regularización altera de facto el régimen de la Ley Orgánica 4/2000 sin reforma de ley orgánica, que exige mayoría absoluta del Congreso. El argumento de incompatibilidad con el derecho de la UE, en cambio, tiene escaso fundamento, porque las regularizaciones internas de extranjeros son competencia soberana de cada Estado miembro y no están prohibidas por el derecho europeo.

Un recurso colectivo del PP

Además de Madrid, ocho comunidades autónomas gobernadas por el PP —Galicia, Castilla y León, Aragón, Valencia, Baleares y Murcia, entre otras— estudian o han anunciado recursos similares ante el Tribunal Supremo. Se trata de una estrategia judicial coordinada que, sin embargo, enfrenta el mismo obstáculo jurídico: conseguir del TS la suspensión cautelar, que históricamente es muy difícil de obtener para reglamentos del Gobierno central con amparo legal en una ley orgánica vigente.

Qué puede pasar a partir de ahora

La secuencia jurídica previsible es la siguiente. En las próximas semanas el Supremo resolverá la pieza de medidas cautelares ordinaria: si las concede, la tramitación de solicitudes quedaría suspendida; si las deniega —el escenario más probable según los precedentes— el proceso de regularización continúa hasta el 30 de junio. La resolución de fondo sobre si el decreto es o no válido llegará, en el mejor de los casos, en meses o años. Las autorizaciones de residencia y trabajo que se concedan mientras tanto generan derechos subjetivos consolidados que, aun en el caso de eventual anulación del decreto, difícilmente serían revocables.

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La Crónica del Henares: La Comunidad de Madrid recurre ante el Tribunal Supremo el decreto de regularización extraordinaria de migrantes, pero el proceso sigue adelante
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