Azuqueca tiene abiertas dos convocatorias: 40.000 euros de apoyo socio-laboral y 30.000 para el comercio. Baremos y plazos muy distintos.
Ayudas de Azuqueca: 40.000 € para inserción laboral y 30.000 € para el comercio
Azuqueca de Henares, 14 de septiembre de 2026
El Ayuntamiento tiene abiertas dos convocatorias para entidades: 40.000 euros de apoyo socio-laboral, con plazo hasta el domingo 20, y 30.000 para asociaciones de comerciantes. Hemos leído las dos y no se parecen en nada: ni en el baremo, ni en el reloj.
- La ayuda social premia la veteranía; la de comercio, el proyecto. En la primera, la trayectoria con el Ayuntamiento vale 50 de 100 puntos; en la segunda, 8 de 48.
- Los relojes van al revés. La social paga actividades hechas desde el 1 de enero de 2026; la de comercio prohíbe haber empezado nada antes del 1 de agosto.
- La convocatoria social incorpora una línea nueva: pagar a una entidad para que eche una mano a los propios Servicios Sociales con los informes de vulnerabilidad de la regularización extraordinaria.
Los 40.000 euros sociales: cinco encargos en un solo proyecto
La convocatoria se titula "proyectos de servicios sociales 2026, para apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión" y la instruye la concejalía de Cohesión Social, que dirige Beatriz Cano (PSOE). El dinero sale de la partida 2310 489.14 del presupuesto de 2026, la misma que financió esta línea en 2024, y por el mismo importe: 40.000 euros, sin variación en dos ejercicios.
Lo que se pide no es un proyecto cualquiera. El artículo 9 impone que "cada beneficiario presentará un solo proyecto en el que se engloben todas y cada una de las líneas de actuación", y son cinco:
- Apoyo a colectivos en situación de vulnerabilidad: orientación especializada a personas y familias en exclusión social.
- Orientación y apoyo en trámites administrativos: citas, acceso a plataformas, obtención de certificados y tramitación de las solicitudes del escudo social.
- Tramitación especializada del Ingreso Mínimo Vital: información sobre requisitos, plazos, cuantías y emisión de certificados.
- Itinerarios integrales de inclusión socio-laboral: acceso al empleo, orientación formativa y talleres prelaborales.
- Apoyo puntual a los Servicios Sociales en la elaboración de Informes de Vulnerabilidad para la regularización extraordinaria de 2026.
La quinta línea es la novedad
Esa última no figura en las bases reguladoras anexas al expediente, que solo enumeran cuatro. Es un añadido de la convocatoria de este año, y tiene detrás un hecho concreto: el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, abrió un proceso de regularización extraordinaria de personas migrantes que estuvo vigente del 16 de abril al 30 de junio y acumuló 1.174.978 solicitudes en toda España. Para la vía de arraigo por vulnerabilidad, el modelo EX-32 exige un certificado emitido por los servicios sociales competentes o por entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.
Es decir: el Ayuntamiento reconoce que la avalancha desbordó a su propio servicio y financia refuerzo externo. Que la convocatoria llegue en septiembre, con el plazo estatal cerrado desde junio, no la vacía de sentido, porque el periodo de ejecución arranca el 1 de enero de 2026 y permite pagar trabajo ya hecho. Además, la fase de subsanación de expedientes sigue abierta hasta el 30 de septiembre.
El baremo: media nota por haber estado antes
El artículo 6 reparte 100 puntos en cuatro bloques de 25:
- Adecuación del proyecto a los objetivos.
- Impacto esperado y relevancia social.
- Experiencia previa en actividades similares dentro de Azuqueca.
- Participación de la entidad en programas y actividades sociales del Ayuntamiento.
Los dos primeros miden la propuesta; los dos últimos, la relación previa con el municipio y con el Consistorio. Y el criterio de desempate es, otra vez, la experiencia previa local. Es el mismo diseño que en la convocatoria de 54.000 euros que analizamos hace diez días: una entidad solvente pero nueva en Azuqueca parte con un techo de 50 puntos.
Los 30.000 euros de comercio: Keka, Navidad y networking
La segunda convocatoria la instruye el área de Promoción Económica de la concejalía de Empleo y Comercio, con cargo a la partida 4312.489.01 y 30.000 euros. Encaja en la línea estratégica 5 del Plan Estratégico de Subvenciones, "Desarrollo Económico", alineada con el ODS 8.
Aquí el comerciante individual no pinta nada. Solo pueden solicitarla asociaciones o federaciones de comerciantes locales, sin ánimo de lucro, domiciliadas en Azuqueca e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. El universo de posibles solicitantes es, por definición, muy corto; no hemos localizado un listado público actualizado de ese registro.
El proyecto —también único y englobando todas las líneas— debe incluir:
- Reuniones de networking con formación continua: mínimo tres sesiones anuales en el Centro de Empresas "Azuqueca Emprende", abiertas a cualquier empresario o emprendedor. La subvención cubre ponentes y organización.
- Las campañas "Buscando a Keka en Azuqueca" y "Navidad en la calle": diseño, materiales, organización, publicidad y premios.
- Al menos dos campañas promocionales más del comercio y la hostelería.
Un matiz que conviene leer despacio
La campaña navideña "Buscando a Keka" queda abierta a los establecimientos asociados a la entidad beneficiaria "así como a cualquier otro que desee asociarse antes del comienzo de ejecución de esta actividad". Traducido: para entrar en la campaña de Navidad financiada con dinero público hay que pasar por la asociación. Las otras campañas promocionales sí "estarán abiertas a todos los establecimientos".
El baremo suma 48 puntos, no 100, y funciona al revés que el social:
- Criterio A, eliminatorio: adecuación del proyecto, 0 a 20 puntos, con un mínimo de 15 para no quedar excluido.
- Criterio B: desarrollo del proyecto, 0 a 20 (objetivos 6, cronograma 4, explicación detallada 10).
- Criterio C: campañas desarrolladas en el municipio los tres años anteriores, 2 puntos cada una, máximo 8.
La trayectoria pesa aquí un 17 % de la nota, frente al 50 % de la línea social. Y se exige un listón de calidad que en la social no existe.
Dos relojes que van al revés
| Apoyo socio-laboral | Comercio y hostelería | |
|---|---|---|
| Periodo de ejecución | 1 de enero – 31 de diciembre de 2026 | 1 de agosto de 2026 – 31 de julio de 2027 |
| Actuaciones previas | Subvencionables desde enero | Excluidas si se iniciaron antes del 1 de agosto |
| Justificación | Hasta el 31 de marzo de 2027 | Un mes desde el fin de ejecución que fije la resolución |
La convocatoria de comercio precisa además qué significa "iniciada": cualquier compromiso en firme de adquisición de bienes o prestación de servicios, o la emisión de una factura o un pago. Una asociación que ya hubiera cerrado con un proveedor la campaña de Navidad se queda fuera de esa parte.
Dos días para alegar, frente a diez
La asimetría más llamativa está en el trámite de audiencia. Publicada la propuesta de resolución provisional:
- En la línea social, las entidades tienen diez días para alegar, y disponen de un anexo específico para renunciar a ese trámite y acelerar el procedimiento.
- En la de comercio, dos días.
Dos días es el mismo plazo que Azuqueca aplica en las convocatorias de peñas, casas regionales y asociaciones religiosas, y que ya señalamos como el más corto del paquete municipal.
La letra pequeña que comparten
- Pago por adelantado. Las dos subvenciones son prepagables al 100 % antes de justificar, y las beneficiarias quedan exoneradas de constituir garantía. Es la condición que permite a una entidad pequeña ejecutar sin adelantar dinero.
- Un adjudicatario, o eso parece. Ambos textos describen la propuesta provisional indicando "el proyecto con mayor puntuación y, por tanto, la asociación o entidad adjudicataria", en singular, y párrafos después hablan de "el solicitante o la relación de solicitantes". La misma ambigüedad que detectamos en la convocatoria de 54.000 euros.
- Contradicción sobre los recursos. En el expediente social, las bases anexas dicen en su artículo 12 que la resolución "no pondrá fin a la vía administrativa" y en el artículo 19 que "pone fin a la vía administrativa". En el de comercio la contradicción es entre la convocatoria, que dice que no pone fin, y sus bases, que dicen que sí. Para una entidad que quiera recurrir, no es un detalle menor: cambia el recurso que procede.
- La errata viaja en la plantilla. El artículo 8 de la convocatoria social fija "40.000 mil euros". Es el mismo tropiezo que en la línea de asistencia sanitaria, que hablaba de "54.000 mil euros". El importe real es de cuarenta mil.
Una diferencia de fondo: la línea social sí admite gastos de personal —nóminas y seguros sociales—, además de costes indirectos y dietas. La de comercio excluye expresamente el personal de las asociaciones, la inversión, la telefonía y el material de oficina. Solo paga actividad.
Datos de servicio
Apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión
- Importe: 40.000 euros, partida 2310 489.14.
- Beneficiarias: entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de entidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con los servicios sociales, mayores y familia entre sus fines estatutarios y con memoria de actividades que acredite capacidad operativa.
- Plazo: diez días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Guadalajara. Según el Ayuntamiento, termina el domingo 20 de septiembre. Por el artículo 30.5 de la Ley 39/2015, si el último día es inhábil el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente; no conviene apurar.
- Documentación: proyecto con trayectoria en el municipio, tarjeta fiscal, estatutos, NIF del representante y certificado del acuerdo del órgano de gobierno, datos bancarios (anexo III), declaración responsable (anexo IV), certificados de Seguridad Social y Agencia Tributaria y relación de proyectos previos.
- Resolución: tres meses desde el fin del plazo, con silencio negativo. La dicta el alcalde, Miguel Óscar Aparicio (PSOE).
Modernización, innovación y competitividad del comercio y la hostelería
- Importe: 30.000 euros, partida 4312.489.01.
- Beneficiarias: asociaciones y federaciones de comerciantes locales sin ánimo de lucro, domiciliadas en Azuqueca e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
- Plazo: diez días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP. La convocatoria no dice "naturales", de modo que, conforme al artículo 30.2 de la Ley 39/2015, se computarían como hábiles. No hemos localizado la fecha de publicación de ese extracto, así que conviene confirmarla en la concejalía de Empleo y Comercio antes de calcular el último día.
- Documentación: anexo I de solicitud, certificado del acuerdo del órgano de gobierno, tarjeta fiscal, estatutos, NIF del representante, certificado del número de asociados al corriente de cuota, ficha de tercero con IBAN, programa detallado con presupuesto, declaración responsable (anexo II) y relación de campañas municipales en las que ha participado.
- Facturas de 15.000 euros o más: obligan a aportar tres ofertas de proveedores distintos, en las dos convocatorias.
- Bases y anexos: portal de transparencia municipal. Códigos de validación 4Y57MTARY6ZALT3T9F4R225WZ (social) y AKKRNR3WPYXZ39QHMN5CQ5KJX (comercio).
El primer hito verificable es cuántas entidades concurren a cada línea, un dato que el Ayuntamiento debe volcar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones junto con la resolución, que llegará como tarde a mediados de diciembre en el caso de la social. El segundo, si alguien firma el encargo de los informes de vulnerabilidad y con qué alcance. Y el tercero, las líneas que siguen sin convocar del paquete de doce aprobado en el Pleno del 2 de octubre de 2025: familias en situación de vulnerabilidad, discapacidad intelectual, diversidad funcional, bandas de música, estudio histórico y etnológico, narración oral y AMPA. Con el ejercicio consumido en tres cuartas partes, cada semana recorta el periodo real de ejecución de lo que se financie.
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Fuentes consultadas
- «Convocatoria para la concesión de subvenciones en concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de servicios sociales 2026, para apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión», con sus bases reguladoras (anexo I) y anexos II a V. Documento firmado electrónicamente, código de validación 4Y57MTARY6ZALT3T9F4R225WZ, 24 páginas, portal de transparencia del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- «Convocatoria de subvención para la modernización, la innovación y la competitividad del comercio y la hostelería local de Azuqueca de Henares», con sus bases reguladoras y anexos I y II. Documento firmado electrónicamente, código de validación AKKRNR3WPYXZ39QHMN5CQ5KJX, 21 páginas, portal de transparencia municipal.
- Bases reguladoras de ambas líneas publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 230, de 1 de diciembre de 2025.
- Ordenanza reguladora del Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, citada en la convocatoria de comercio como publicada en el BOP de 19 de agosto de 2024.
- «Bases reguladoras y convocatoria… para el desarrollo de proyectos de servicios sociales 2024, para apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión», anuncio 3875, BOP de Guadalajara nº 232, de 4 de diciembre de 2024 (BDNS 800289), para el precedente de importe, partida y plazo.
- Nota de prensa del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares sobre la convocatoria de apoyo socio-laboral, con declaraciones de la concejala de Cohesión Social, Beatriz Cano.
- Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, Nueva Alcarria y El Decano de Guadalajara, crónicas del Pleno de 2 de octubre de 2025 en el que se aprobaron las bases de doce líneas de subvenciones, con el voto en contra del PP y la abstención de Vox e IU.
- Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (BOE de 15 de abril de 2026); notas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de La Moncloa de 21 de abril y 2 de julio de 2026, con el calendario del proceso (16 de abril a 30 de junio), el balance de 1.174.978 solicitudes y la subsanación en oficinas de Correos hasta el 30 de septiembre; información de CEAR y del Ayuntamiento de Madrid sobre el certificado de vulnerabilidad del modelo EX-32.
- Ley 38/2003, General de Subvenciones (artículos 31.3 y 34); Real Decreto 887/2006; Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (artículos 16.4, 30.2 y 30.5).
- Hemeroteca de La Crónica del Henares: análisis de la convocatoria de 54.000 euros de servicios sociales de 2026 y del reparto de las subvenciones municipales del ejercicio.
