Un ilustrador denuncia que el cartel de las Ferias de Alcalá reproduce sus avatares con IA. El PSOE exige el protocolo que PP/Vox rechazaron en julio.
El cartel de las Ferias abre la segunda polémica por IA en dos meses: el PSOE exige un protocolo que PP y Vox tumbaron en julio
Alcalá de Henares, 18 de agosto de 2026.- Un ilustrador alcalaíno denuncia que la imagen oficial de las Ferias 2026 reproduce elementos de los avatares que dibujó para las peñas. El Ayuntamiento sostiene que los personajes los hizo un ilustrador municipal y que la IA solo intervino de forma parcial. El PSOE pide reglas escritas; el equipo de Gobierno las rechazó hace tres semanas.
- Qué se denuncia: el ilustrador Juan Pedro Pintado, "Pinty", dice que cedió los derechos de esos avatares a las peñas, no al Ayuntamiento.
- Qué responde el Gobierno municipal: los personajes se dibujaron uno a uno en el gabinete de diseño y la inteligencia artificial se usó solo en parte del proceso.
- Qué está en juego más allá del cartel: Alcalá no tiene ningún protocolo escrito sobre uso de IA en su comunicación institucional, y desde el 2 de agosto la normativa europea exige identificar los contenidos generados o manipulados con IA.
La denuncia del ilustrador
La polémica arrancó el 16 de agosto con una información de elDiario.es. Pintado, uno de los fundadores de la Peña Los Vikingos —creada en 1995— y albañil de profesión, asegura que cedió los derechos de sus dibujos a las peñas, "la idea era tener algo similar que nos uniera a todas", pero no al Ayuntamiento, al que acusa de haber dado sus dibujos "de comer" a una IA. Los avatares que reclama como suyos los dibujó en 2023 y son los que las peñas llevan estampados en sus camisetas.
La versión municipal es distinta. El Ayuntamiento sostiene que los personajes del cartel fueron realizados "uno por uno" por un ilustrador funcionario del gabinete de diseño y que después se pasaron parcialmente por inteligencia artificial. El concejal de Fiestas se ha comprometido a hablar con el responsable del diseño.
Nadie discute, por tanto, que hubo IA en el proceso. Lo que se discute es de dónde salió el material de partida y si esa autoría debía reconocerse.
Lo que pide el PSOE
El Grupo Municipal Socialista exige al Gobierno de Judith Piquet que rectifique y ponga en marcha "de manera inmediata" un protocolo de uso ético y responsable de la IA en el Ayuntamiento. En su nota, el portavoz socialista y exalcalde Javier Rodríguez Palacios sostiene que la IA "nunca puede servir para apropiarse, reproducir o transformar el trabajo de artistas sin su conocimiento o autorización".
En concreto, los socialistas reclaman cuatro cosas: escuchar al artista afectado, aclarar públicamente cómo se elaboró la imagen, respetar la autoría de los trabajos utilizados y reparar el perjuicio si lo hubiera.
El argumento central de la nota es que ya lo habían pedido antes. En el pleno de julio el PSOE llevó una moción para que el Ayuntamiento adoptase un compromiso con la creación cultural, la propiedad intelectual y el uso ético de la IA, con "criterios claros para garantizar que cualquier utilización de herramientas de inteligencia artificial respete los derechos de autor, la transparencia y los principios éticos que deben regir la actuación de las administraciones públicas".
Según la nota socialista, PP y Vox votaron en contra: "No pedíamos prohibir la IA. Pedíamos reglas, transparencia, supervisión humana, protección de los derechos de autor y garantías para los creativos".
Qué respondió el Gobierno municipal en aquel pleno
Conviene recuperar el debate de julio, porque explica el enfado. El concejal de Cultura e Igualdad, Santiago Alonso, rechazó la moción y acusó a la concejala socialista María Aranguren de desprestigiar a los profesionales del sector.Alonso defendió que el cartel del XXV aniversario de Clásicos en Alcalá lo elaboró el diseñador madrileño Carlos Malpartida con el ilustrador y artista 3D Javier Tejera, mediante un proceso que combinó dibujo a mano en tableta gráfica, Photoshop y herramientas de inteligencia artificial: "La idea fue humana, las decisiones fueron humanas, la sensibilidad fue humana y la responsabilidad artística también fue humana".
Es decir: el Gobierno municipal no niega el uso de la IA, lo reivindica como una herramienta más dentro de un proceso dirigido por personas. La discrepancia no es sobre los hechos, sino sobre si hace falta ponerlos por escrito.
Dos polémicas en dos meses
El antecedente es de junio. El cartel del XXV aniversario de Clásicos en Alcalá ya generó críticas por haberse elaborado con IA generativa, y de ahí nació la moción socialista de julio. La del cartel de Ferias es la segunda controversia en dos meses y ha vuelto a saltar a medios nacionales.
La nota del PSOE enlaza además esta polémica con la situación judicial de la alcaldesa. Ese es un asunto ajeno al cartel, pero el dato es verificable: el juzgado de instrucción de Alcalá acordó el 6 de agosto continuar la causa contra Piquet y su jefe de gabinete por los trámites del procedimiento abreviado, por un presunto delito de infidelidad en la custodia de documentos y revelación de secretos relacionado con la filtración de un atestado policial en enero de 2024. No hay sentencia y rige la presunción de inocencia. Un apunte que el lector merece conocer: el PSOE ejerce la acusación popular en esa causa.
Lo que nadie ha aclarado todavía
Aquí está el hueco informativo de esta historia, y es amplio:
- Quién firma el cartel de Ferias. A diferencia del de Clásicos, cuyos autores se hicieron públicos, no se ha difundido el nombre del ilustrador municipal ni la ficha técnica del encargo.
- Qué herramienta se usó y con qué material. "Pasar parcialmente por IA" puede significar desde un retoque hasta generar variantes a partir de imágenes de referencia. La diferencia es jurídicamente relevante.
- Si el cartel se identificó como contenido tratado con IA. Desde el 2 de agosto de 2026 son aplicables las obligaciones de transparencia del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial sobre contenidos generados o manipulados artificialmente. Ninguna de las dos partes ha entrado en este punto.
- Si hubo contrato o cesión de derechos sobre los avatares entre el Ayuntamiento, las peñas y el autor original.
- Cuántas administraciones del Corredor tienen protocolo. Ni Alcalá ni, por lo que consta, sus municipios vecinos han publicado uno.
El siguiente hito verificable es la respuesta formal del equipo de Gobierno: el concejal de Fiestas anunció una conversación con el responsable del diseño y está pendiente si el Ayuntamiento reconoce la autoría reclamada o mantiene su versión. El PSOE puede volver a registrar su propuesta en el pleno de septiembre, el primero tras las Ferias. Y queda por saber si el ilustrador emprende alguna acción, algo que hasta ahora no ha anunciado.
ANEXO
¿Puede un ayuntamiento fijar reglas sobre el uso de la IA?
El debate de fondo del pleno de julio no fue solo político. Detrás está una pregunta razonable: ¿tiene un ayuntamiento competencia para regular el uso de la inteligencia artificial? La respuesta cambia por completo según a quién se pretenda obligar. Este anexo no es un dictamen jurídico, sino un mapa de lo que sí puede y lo que no puede hacer un consistorio.
Sí puede regular su propia actividad
Es el terreno más firme y el que abarcaba la moción socialista. La Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local reconoce a los municipios la potestad reglamentaria y de autoorganización (artículo 4.1.a) y les atribuye competencias en promoción de la cultura (artículo 25.2). Un ayuntamiento puede aprobar sin problema competencial una instrucción interna sobre cómo usan la IA su gabinete de diseño, su web, sus campañas y sus publicaciones. No necesita un título nuevo: está ordenando su propia casa.
Ese tipo de documento suele fijar cuatro cosas: en qué fases del trabajo se admite la IA, qué material de partida está permitido, quién supervisa el resultado y cómo se identifica públicamente el contenido generado o tratado con estas herramientas.
Y puede llevarlo a los contratos, que es donde de verdad muerde
Es el instrumento más eficaz y el que menos discusión jurídica genera. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público permite incorporar prescripciones técnicas y condiciones especiales de ejecución de carácter ético y social, y regula la cesión de derechos de propiedad intelectual en los contratos de servicios.
Traducido a este caso: el Ayuntamiento puede exigir a quien diseñe un cartel municipal que declare si ha empleado IA y en qué fase, garantice la titularidad del material de partida y asuma la responsabilidad frente a reclamaciones de terceros. Lo mismo vale para las bases de un concurso de carteles o para un encargo a una agencia. No hace falta una ordenanza: basta con modificar los pliegos tipo.
No puede regular el uso de la IA por terceros
Aquí está el límite, y es nítido. El Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial es una norma de armonización directamente aplicable, y la autoridad de supervisión en España es estatal: la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña. Una ordenanza municipal que impusiera obligaciones a proveedores o usuarios de IA en general, o que prohibiera su uso a diseñadores privados, chocaría con norma superior y carecería de título competencial.
El matiz decisivo: en este caso el Ayuntamiento no es regulador, es sujeto obligado
Conviene no perderlo de vista, porque reordena todo el debate. Las obligaciones que están en discusión ya existen sin necesidad de protocolo alguno:
- El texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual exige autorización del autor para transformar una obra ajena y reconoce su derecho moral a que se reconozca su paternidad.
- Desde el 2 de agosto de 2026 son aplicables las obligaciones europeas de transparencia sobre contenidos generados o manipulados artificialmente.
Un protocolo municipal no crea esos deberes: sirve para ordenar cómo se cumplen y para que su aplicación no dependa del criterio de cada concejalía o de cada encargo.
El instrumento importa
Una moción de pleno es un mandato político, no una norma: obliga al Gobierno municipal a actuar, pero no produce efectos por sí misma. Lo que sí tendría eficacia jurídica sería una instrucción o circular aprobada por la Junta de Gobierno Local o, más sencillo aún, la modificación de los pliegos tipo de contratación. Optar por una ordenanza obligaría a consulta pública previa y a justificar necesidad y proporcionalidad, con el riesgo añadido de duplicar lo que ya dice la normativa europea.
Los argumentos de quienes se oponen
Para que el cuadro quede completo, estos son los razonamientos que sostienen quienes consideran innecesario el protocolo: que la propiedad intelectual y la transparencia ya están reguladas por norma estatal y europea, de modo que un documento local añadiría burocracia sin añadir derechos; que fijar reglas rígidas sobre una tecnología que cambia cada pocos meses puede dejarlas obsoletas antes de aplicarse; y que la garantía real está en la diligencia de cada encargo concreto, no en un marco general.
El dato que cierra el debate competencial
Con independencia de qué postura se comparta, hay un hecho comprobable: el rechazo de la moción en julio no se fundamentó en falta de competencia municipal. El argumento del equipo de Gobierno fue de contenido y de tono —la acusación de desprestigiar a los profesionales—, no de que el Ayuntamiento careciera de capacidad para aprobar reglas sobre su propio uso de la IA. Es, por tanto, una decisión política, no un impedimento legal.
